miércoles, mayo 25, 2005

ley de acoso sexual / iniciar juntos un aprendizaje

Recientemente fue publicado en intranet el oficio circular n° 12 que norma las denuncias de acoso sexual en nuestro servicio. Éste se dicta en base al instructivo presidencial que ordena a los servicios formalizar los mecanismos de denuncia de acoso sexual en la administración pública, de acuerdo con la ley 20.005 publicada el 18 de marzo de este año, y que tipifica y sanciona el acoso sexual.

Es necesario asumir que la protección de los funcionarios y funcionarias frente a estas prácticas requiere de transformaciones culturales en las organizaciones, y que en este camino las medidas administrativas no permiten, por sí mismas, dar cuenta de la realidad que pretenden enfrentar. Para que no se tranformen en instrumentos formales e incapaces de canalizar los casos de acoso sexual, se requiere implementar procesos de información transversales que clarifique los derechos que asisten a quienes se vean afectados por estas prácticas.

Las asociaciones tenemos, en este camino, un rol insustituíble que cumplir. En primer lugar en términos de informar consistentemente sobre el tema. Pero sobre todo, en el rol que somos capaces de cumplir en el proceso de denuncia de acoso sexual. Éste, es un proceso muy complejo para quien tiene que enfrentarlo. No basta con la existencia de un canal de denuncia y de una legislación, los funcionarios y funcionarias que se ven afectados por situaciones de este tipo requieren de apoyo y acogida. Se trata sin duda de una tarea en que debemos aprender y fortalecer nuestras capacidades.

El oficio circular emanado de la dirección del servicio, formaliza los mecanismos de denuncia a través de los jefes administrativos de las regionales y del jefe de personal de la dirección nacional. El servicio debe por lo tanto asumir la tarea de capacitar a estas jefaturas para que se transformen no sólo en canales de recepción formal de las denuncias. Si la institución ha decidido situarlos como responsables para implementar la nueva ley sobre acoso sexual, su rol, en nuestra opinión, debe ampliarse para ser capaces de identificar situaciones de riesgo, promover medidas de prevención y finalmente recibir adecuadamente a los y las colegas que presenten sus denuncias ante ellos.

No nos cabe duda de que éste es un tema en que la dirección del servicio debe
trabajar en conjunto con las asociaciones.

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